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*
Y HABLO Jehov á á
Mois é
s en los campos de Moab ,
junto al Jord á
n de Jeric ó,
diciendo -
*
Manda á
los hijos de Israel ,
que den á
los Levitas de la posesi ó
n de su heredad ciudades en que habiten -
Tambi é
n dar é
is á
los Levitas ejidos de esas ciudades alrededor de ellas .
*
Y tendr á
n ellos las ciudades para habitar ,
y los ejidos de ellas ser á
n para sus animales ,
y para sus ganados ,
y para todas sus bestias .
*
Y los ejidos de las ciudades que dar é
is á
los Levitas ,
ser á
n mil codos alrededor ,
desde el muro de la ciudad para afuera .
*
Luego medir é
is fuera de la ciudad á
la parte del oriente dos mil codos ,
y á
la parte del mediod í
a dos mil codos ,
y á
la parte del occidente dos mil codos ,
y á
la parte del norte dos mil codos ,
y la ciudad en medio -
esto tendr á
n por los ejidos de las ciudades .
*
Y de las ciudades que dar é
is á
los Levitas ,
seis ciudades ser á
n de acogimiento ,
las cuales dar é
is para que el homicida se acoja all á-
y adem á
s de é
stas dar é
is cuarenta y dos ciudades .
*
Todas las ciudades que dar é
is á
los Levitas ser á
n cuarenta y ocho ciudades ;
ellas con sus ejidos .
*
Y las ciudades que diereis de la heredad de los hijos de Israel ,
del que mucho tomar é
is mucho ,
y del que poco tomar é
is poco -
cada uno dar á
de sus ciudades á
los Levitas seg ú
n la posesi ó
n que heredar á.
*
Y habl ó
Jehov á á
Mois é
s ,
diciendo -
*
Habla á
los hijos de Israel ,
y diles -
Cuando hubiereis pasado el Jord á
n á
la tierra de Cana á
n ,
*
Os se ñ
alar é
is ciudades ,
ciudades de acogimiento tendr é
is ,
donde huya el homicida que hiriere á
alguno de muerte por yerro .
*
Y os ser á
n aquellas ciudades por acogimiento del pariente ,
y no morir á
el homicida hasta que est é á
juicio delante de la congregaci ó
n .
*
De las ciudades ,
pues ,
que dar é
is ,
tendr é
is seis ciudades de acogimiento .
*
Tres ciudades dar é
is de esta parte del Jord á
n ,
y tres ciudades dar é
is en la tierra de Cana á
n ;
las cuales ser á
n ciudades de acogimiento .
*
Estas seis ciudades ser á
n para acogimiento á
los hijos de Israel ,
y al peregrino ,
y al que morare entre ellos ,
para que huya all á
cualquiera que hiriere de muerte á
otro por yerro .
*
Y si con instrumento de hierro lo hiriere y muriere ,
homicida es ;
el homicida morir á-
*
Y si con piedra de mano ,
de que pueda morir ,
lo hiriere ,
y muriere ,
homicida es ;
el homicida morir á.
*
Y si con instrumento de palo de mano ,
de que pueda morir ,
lo hiriere ,
y muriere ,
homicida es ;
el homicida morir á.
*
El pariente del muerto , é
l matar á
al homicida -
cuando lo encontrare , é
l le matar á.
*
Y si por odio lo empuj ó, ó
ech ó
sobre é
l alguna cosa por asechanzas ,
y muere ;
*
O por enemistad lo hiri ó
con su mano ,
y muri ó-
el heridor morir á;
es homicida ;
el pariente del muerto matar á
al homicida ,
cuando lo encontrare .
*
Mas si casualmente lo empuj ó
sin enemistades , ó
ech ó
sobre é
l cualquier instrumento sin asechanzas ,
*
O bien ,
sin verlo ,
hizo caer sobre é
l alguna piedra ,
de que pudo morir ,
y muriere ,
y é
l no era su enemigo ,
ni procuraba su mal ;
*
Entonces la congregaci ó
n juzgar á
entre el heridor y el pariente del muerto conforme á
estas leyes -
*
Y la congregaci ó
n librar á
al homicida de mano del pariente del muerto ,
y la congregaci ó
n lo har á
volver á
su ciudad de acogimiento , á
la cual se hab í
a acogido ;
y morar á
en ella hasta que muera el gran sacerdote ,
el cual fu é
ungido con el aceite santo .
*
Y si el homicida saliere fuera del t é
rmino de su ciudad de refugio , á
la cual se acogi ó,
*
Y el pariente del muerto le hayare fuera del t é
rmino de la ciudad de su acogida ,
y el pariente del muerto al homicida matare ,
no se le culpar á
por ello -
*
Pues en su ciudad de refugio deber á
aqu é
l habitar hasta que muera el gran sacerdote -
y despu é
s que muriere el gran sacerdote ,
el homicida volver á á
la tierra de su posesi ó
n .
*
Y estas cosas os ser á
n por ordenanza de derecho por vuestras edades ,
en todas vuestras habitaciones .
*
Cualquiera que hiriere á
alguno ,
por dicho de testigos ,
morir á
el homicida -
mas un solo testigo no har á
f é
contra alguna persona para que muera .
*
Y no tomar é
is precio por la vida del homicida ;
porque est á
condenado á
muerte -
mas indefectiblemente morir á.
*
Ni tampoco tomar é
is precio del que huy ó á
su ciudad de refugio ,
para que vuelva á
vivir en su tierra ,
hasta que muera el sacerdote .
*
Y no contaminar é
is la tierra donde estuviereis -
porque esta sangre amancillar á
la tierra :
y la tierra no ser á
expiada de la sangre que fu é
derramada en ella ,
sino por la sangre del que la derram ó.
*
No contamin é
is ,
pues ,
la tierra donde habit á
is ,
en medio de la cual yo habito ;
porque yo Jehov á
habito en medio de los hijos de Israel .